El juez Marcelo Martínez De Giorgi, a cargo del Juzgado Federal N.º 8, resolvió anular la causa luego de considerar que la indagatoria del presunto número tres del cartel de Cali no cumplía con los requisitos legales necesarios, por lo que la declaró inválida y sin valor probatorio dentro del expediente.
El juez federal Marcelo Martínez De Giorgi, titular del Juzgado Federal N.º 8, declaró la nulidad de la causa por lavado de activos que involucraba a María Isabel Santos Caballero, a su hijo Juan Sebastián Marroquín Santos y al exfutbolista Chicho Serna, quienes finalmente fueron sobreseídos. La decisión dejó sin efecto el proceso judicial que los investigaba por presuntas maniobras vinculadas al narcotráfico.
El expediente había sido elevado a juicio en 2020 por el juez Néstor Barral, quien sostenía la existencia de una organización criminal internacional dedicada al lavado de dinero proveniente del tráfico de drogas, con operaciones en varios países. Sin embargo, el fallo posterior determinó que la declaración del narcotraficante José Bayron Piedrahita Ceballos, obtenida en Estados Unidos bajo la figura de colaborador, carecía de validez legal debido a irregularidades en su realización y a la falta de autorización internacional.
A partir de estas inconsistencias, el magistrado anuló tanto esa indagatoria como el acuerdo de colaboración mediante el cual el acusado había entregado bienes en la Argentina. El caso también remite a antecedentes judiciales previos, en los que la familia de Pablo Escobar ya había sido investigada y posteriormente sobreseída. Con esta resolución, la Justicia volvió a descartar las acusaciones al considerar que no existían elementos válidos para sostenerlas.







